Sin embargo, el derecho del consumidor es único e inexpugnable. Existe desde el año 2009 una medida cautelar que prohíbe la aplicación de los incrementos. En caso de hacerlo, el usuario debe pagar el consumo mínimo -es obligatorio y recomendable- y exigir con el pago hecho el retiro de la suba tarifaria. Es un derecho pleno, un fallo para evitar los excesivos aumentos.
Ante cualquier duda contactarse con www.consumidoreslibres.org.ar